sábado, 18 de diciembre de 2010

¿Autónomo con derecho a paro II ?

El derecho a la prestación se producirá cuando se haya cotizado como mínimo 12 meses y el cese de la actividad se haya producido por causa de:

> Divorcio o acuerdo de separación matrimonial
> Violencia de género
> Pérdida de licencia administrativa
> Ejecuciones judiciales por deudas, que superen el 40% de los ingresos del ejercicio anterior.
> La declaración judicial de Concurso que impida continuar la actividad
> Fuerza mayor
> Pérdidas en un año superiores al 30% de los ingresos o superiores al 20% en dos años.
> Y para los Autónomos económicos dependientes, además de las anteriores, la extinción del contrato con su Cliente principal por los motivos expresamente previstos.

La prestación consiste en el pago del 70% de la base reguladora, determinada por la media de la cotización de los doce meses anteriores al cese de la actividad.
 
 PERIODO DE COTIZACIÓN (en meses) PERIODO DE PROTECCIÓN (en meses)
 De 12 a 17 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  2  (igual para mayores 60 años)
 De 18 a 23 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3  (4 meses para mayores 60 años)
 De 24 a 29 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4  (6 meses para mayores 60 años)
 De 30 a 35 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5  (8 meses para mayores 60 años)
 De 36 a 42 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6  (10 meses para mayores 60 años)
 De 43 a 47 (>60 años De 43 en adelante) . . . . 8  (12 meses para mayores 60 años)
 De 48 en adelante . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .12


Para más detalle, puedes entrar en el enlace que adjunto:

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