lunes, 6 de junio de 2011

¿Se considera gasto normal el Seguro médico privado en las empresas?

Fuente: www.veezzle.com
Para los trabajadores de una empresa se consideran  como gastos las Primas o Cuotas satisfechas a Compañías de Seguros para la cobertura de enfermedad, siempre que  ésta alcance al propio trabajador,  su cónyuge y descendientes y que las primas satisfechas no excedan de 500 €uros anuales por cada uno de ellos. El exceso sobre dicha cuantía se considerará como retribución en especie.

No es aceptado en el caso de los Socios, éstos pagos deben considerarse como retribuciones a los mismos en especie (Rendimientos del Capital Mobiliario),  teniendo por tanto que efectuar la retención correspondiente y realizar las Liquidaciones fiscales establecidas.

En Asap Project disponemos de un completo servicio de asesoramiento laboral desde el que gestionamos todos los aspectos relacionados con la gestión de tus trabajadores, garantizando que tu empresa cumple con eficacia y en todo momento sus obligaciones y responsabilidades laborales. Ponte en contacto con nosotros.

No hay comentarios:

Publicar un comentario