lunes, 13 de junio de 2011

Cómo contabilizar las Multas, sanciones y determinados recargos

Fuente: http://www.veezzle.com/
Se contabilizan de la forma habitual, aunque a la hora de cumplimentar el Impuesto sobre Sociedades hay que tenerlos en cuenta pues por los gastos que Hacienda no los considera gasto común, por no haberse generado por la propia actividad sino por el incumplimiento de obligaciones, habrá que hacer el correspondiente ajuste del Resultado.
 Sugiero que se abra una cuenta específica en vuestro Plan Contable que se denomine "629xxx Gastos NO deducibles" para no tener dificultades de localizarlos

No son deducibles las cantidades satisfechas por multas y sanciones.

Tampoco son deducibles los recargos por presentación fuera de plazo ni el recargo de apremio.

Es deducible el interés de demora que se pueda exigir, puesto que éste tiene una finalidad indemnizatoria y no sancionadora.

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6 comentarios:

  1. Buen aporte lo de crear una cuenta dentro del PCGE para identificar las partidas que afectan el resultado. Los intereses que generan estas sanciones administrativas, son tambien no deducibles, que se pueden contabilizar cono intereses, si, pero al final es como consecuencia de un descuido administrativo.

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  2. Raúl, ¡qué desgracia no poder con Hacienda!
    Haces una labor estupenda enseñándonos caminos correctos y necesarios, exigidos por esta "moderna" sociedad.

    Un fuerte abrazo.

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  3. ¿Sería correcto crear la cuenta en la 678? Como GASTOS FISCALMENTE NO DEDUCIBLE

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  4. La utilización de la cuenta "678 Gastos Excepcionales" sería igualmente correcto al tratarse de gastos que no deban considerarse periódicos y sí fuera de la actividad habitual de las empresas. Lo importante es tener localizados éste tipo de gastos en una cuenta específica.

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  5. Como hago desaparecer del balance de pérdidas de ejercicios anteriores, lo gastos no deducibles fiscalmente?.
    Se llevan contra reservas?
    Muchas gracias.

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    Respuestas
    1. Los gastos no deducibles forman parte del conjunto de los gastos y del resultado del ejercicio. Los resultados negativos de ejercicios anteriores se compensan con beneficios futuros o con aportaciones de socios.

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